CLAVES PARA PRESENTAR LA DECLARACIÓN DE LA RENTA

En la publicación anterior, comentábamos las novedades de la campaña de la renta 2021 y destacábamos la importancia de no dejarse llevar por las prisas confirmando el “borrador” sin ninguna comprobación.

Aunque son muchos los aspectos que debemos tener en cuenta a la hora de realizar la declaración de la renta, hoy destacaremos algunas de las situaciones más comunes, que se dan en la mayoría de las declaraciones del IRPF y deben ser revisados por los contribuyentes antes de confirmar el borrador:

En primer lugar, hay que comprobar que los datos fiscales que tiene a disposición la Agencia Tributaria y que vuelca en el borrador, se corresponden con nuestros datos reales.

En segundo lugar, es importante que sepamos si estamos obligados o no a presentar la declaración, de esta forma, en caso de que la declaración tenga un resultado desfavorable, podremos optar por no presentarla. Para ello, estaremos a los límites establecidos por la Agencia Tributaria.

En tercer lugar, no está de más, revisar las declaraciones pasadas, ya que pueden tener incidencia en la presente declaración. Sobre todo, debemos reparar en las pérdidas patrimoniales, rendimientos negativos del capital mobiliario o bases liquidables negativas pendientes de compensación de los cuatro últimos años. De esta forma, podemos utilizar esos saldos para aminorar la cuota resultante a pagar en el presente ejercicio.

En cuarto lugar, no debemos olvidar que las cuotas de los sindicatos y colegios profesionales (cuando se trata de colegiación obligatoria para el ejercicio de la profesión) son deducibles como gastos.

En quinto lugar, en caso de adquisición de su vivienda habitual, es importante conocer que también puede deducirse el seguro del hogar que haya contratado con la entidad bancaria , siempre que sea un seguro que la propia entidad le haya obligado a contratar.

En sexto lugar, en caso de haber adquirido una vivienda con plaza de garaje incluida, hay que cerciorarse de que en los datos fiscales no se nos impute renta por la utilización de la plaza de garaje por separado, ya que a pesar de tener su propia referencia catastral, no debemos tributar por ella.

En séptimo lugar, una vez hemos comprado que los datos están correctos y hemos modificado aquellos que no lo estaban, el programa de la Agencia Tributaria nos ofrece la posibilidad de comparar el resultado de las tributaciones individuales de los cónyuges con el de la tributación conjunta. Debemos escoger pues por la opción que más nos favorezca.

Por último, en caso de tener descendientes por los cuales nos podamos aplicar la deducción de “mínimo por descendiente” tendremos que entrar a valorar si merece la pena que realice su propia declaración, o es preferible que nos apliquemos ese mínimo por descendiente en nuestra declaración.